Una trabajadora, de profesión enfermera, es contratada por la Administración en base a lo que en principio iba a ser un nombramiento de naturaleza temporal, si bien transcurrieron cerca de cuatro años y la empleada continuaba prestando servicios en ella.
La empleadora le renovaba su contrato sucesivamente hasta que, finalmente, es extinguido por la causa de cese de actividad.
Se trata en este caso de una contratación basada en la temporalidad de un servicio que, en realidad, cubre necesidades permanentes de la empresa que contrata a la trabajadora, como es el servicio de enfermería. (más…)